sábado, 7 de junio de 2014

POR FAVOR, FIRMA Y AYUDA A IMPEDIR LA REDUCCIÓN HORARIA Y DESPIDO DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN CATÓLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS................................................PLEASE SIGN AND HELPS PREVENT AND REDUCE TIME TEACHER DISMISSAL OF CATHOLIC RELIGION OF CANARY ISLANDS

Para que NO se vea reducida la carga horaria de la asignatura de Religión, en algunas Comunidades Autónomas, y asegurar una formación común y adecuada a todos los alumnos y alumnas de religión del sistema educativo español.
En la LOMCE, y después de ser publicado en el BOE el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, se omite las horas mínimas para el área de Religión. Así pues, también establece en su art. 3, la competencia de fijar el horario correspondiente a los contenidos de las asignaturas específicas, entre las que se encuentra Religión, a las distintas administraciones educativas de las Comunidades autónomas.En la LOE el Real Decreto de enseñanzas mínimas, en su Anexo III, establecía un horario para el área de religión de 105 horas en cada ciclo de la Educación Primaria, por ejemplo.
De no establecer unas horas mínimas y adecuadas para el área de religión a nivel estatal, la asignatura podrá estar sujeta a unos recortes horarios por parte de algunas administraciones educativas, que repercutirá en la calidad de la misma y en detrimento de la formación plena e integral del alumnado, que opta a ésta enseñanza de forma opcional.
Así también, no se garantiza que la clase de Religión sea de oferta obligaroria en Bachillerato. Es un derecho constitucional que las familias puedan decidir que sus hijos e hijas reciban la formación religiosa y moral que ellos deseen y en aquellas confesiones religiosas con las que existe acuerdo con el Estado Español ( Católica, Evangélica, Islámica o Judía)
Junto con la importancia de que la religión tenga un horario adecuado dentro del sistema educativo español, dado que contribuye a la formación integral del alumnado, también está la precariedad laboral que generaría en el propio colectivo de profesores de religión, dado que se reducirían considerablemente las horas de contrato. Si ya en muchísimos casos el profesorado tiene que acudir a varios centros para completar su jornada laboral, una reducción de la carga lectiva del área repercutiría notablemente en las condiciones laborales y por tanto en el sueldo que percibe el profesorado de Religión, ya que está contratado en función de las horas de clases que precise los centros en los que está destinado.

 ENLACE

No hay comentarios:

Publicar un comentario